El nuevo SII será aplicable con carácter obligatorio los siguientes sujetos pasivos:
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- Sujetos pasivos con domicilio fiscal en territorio Foral, cuyo volumen de operaciones (año anterior) no sea superior a 7 millones de Euros, cualquiera que sea el lugar de realización de las operaciones.
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- Sujetos pasivos, cualquiera que sea su domicilio fiscal, cuyo volumen de operaciones (año anterior) sea superior a 7 millones de Euros de las cuales el 100% se haya realizado en territorio Foral.
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- Sujetos pasivos con domicilio fiscal en territorio Foral, cuyo volumen de operaciones (año anterior) sea superior a 7 millones de Euros de las cuales menos del 75% se haya realizado en territorio Común.
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- Sujetos pasivos con obligación de autoliquidar el IVA mensualmente:
– Grandes Empresas (facturación superior a 6.101.121,04€)
– Grupos Societaros a nivel de IVA
– Empresas adscritas el REDEME (Registro de Devolución Mensual de IVA)
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